Fundamento constitucional de derecho aduanero. image
Articulo 73. El Congreso tiene facultad...
Fracción VII. Para imponer las contribuciones necesarias a cubrir el presupuesto.
Fracción XXlX. Para establecer contribuciones. Sobre el comercio exterior.

Articulo 89. Facultades y obligaciones del Presidente.
Fracción Xlll. Habilitar Puertos, Aduanas marítimas y fronterizas y designar su ubicación.
Fracción X. Tratados y Acuerdos internacionales.

Articulo 117. Los estados en ningún caso...
Fracción I. Celebrar alianzas, tratados o coalición con otro estado ni con las potencias extranjeras.
Fracción IV. Gravar el transito de personas o cosas que atraviesen territorio mexicano.
Fracción V. Prohibir, ni gravar indirectamente mercancía extranjera nacional.

Articulo 118. Tampoco pueden sin consentimiento el Congreso de la unión.
I. Establecer derechos de tonelaje.

Articulo 131. Es facultad privativa de la federación gravar las mercancías que se importen o exporten, o que pasen de transito por el territorio nacional, así como reglamentar en todo tiempo, y aun prohibir, por motivos de seguridad o de policía, la circulación en el interior de la República de toda clase de efectos, cualquiera que sea su procedencia; pro sin que la misma federación pueda establecer ni dictar en el Distrito Federal los impuestos y leyes.
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